El Archivo Histórico Nacional conserva un documento (sign. INQUISICIÓN,3735,Exp.200) consistente en una alegación fiscal de un proceso de fe seguido en el Tribunal de la Inquisición de Granada contra la ubriqueña Ana Suárez en 1768.
ERmita de San Antonio.
Los delatores eran el santero de la ermita de San Antonio, Sebastián de Rubiales, y Juliana Borrego, su mujer, quienes aseguraban que la rea era una mujer de “lengua desenfrenada” que había dicho lo siguiente: “a los pobres no da Dios sino pobreza e hijos, y luego dicen que la virgen parió sin gallo”. Además, en otra ocasión en que el declarante pedía limosna para San Antonio de Padua (titular de la conocida ermita ubriqueña del mismo nombre), Ana Suárez le dijo que no daría nada “a aquel santo de mierda portugués enfurriñado porque no le otorgaba lo que le había pedido”.
En la frase llama la atención que la denunciada supiera que San Antonio de Padua era portugués. Sorprende que casi seis siglos después de su nacimiento (Lisboa, 1195) y habiéndose convertido ya en un santo universal, alguien conozca su nacionalidad y dé significación (peyorativa) a dicha circunstancia. También quizá sea destacable el uso de la palabra “enfurriñado”. No sabemos si se usaba en aquella época en Ubrique y Granada por “enfurruñado”, pero encontramos el vocablo en un diccionario gallego antiguo. ¿Era Ana Suárez de origen gallego o portugués…? (Suárez es un apellido de origen asturiano muy frecuente en La Coruña; también existe en Portugal en la forma Soares).
Un detalle sorprendente es que los delatores hacen su acusación «tres o cuatro años” después de haberse producido los hechos (la mujer precisa que son tres años). Le preguntan al acusador por qué ha esperado tanto y por qué se decide ahora. Él alega problemas de conciencia, pero asegura que se decide finalmente cuando su confesor le dice que si no delata en seis u ocho días caería en pecado mortal…
Todo esto huele a chamusquina. ¡Que móviles espurios no habría detrás de esta acusación! ¿Quién estaría interesado en que se hiciera? ¿Respondería a alguna venganza personal? ¿Cómo un tribunal podía aceptar la palabra de una persona contra la de otra? (porque es de suponer que Ana Suárez negaría las acusaciones…) Un misterio más de la vida cotidiana del Ubrique antiguo.
En cualquier caso, nuestra reflexión personal es que esta mujer cayó en las garras de la Inquisición por dos actitudes cognitivas contradictorias:
Pensar (racionalmente en la imposibilidad de que una mujer concibiera un hijo sin concurso de varón).
No pensar (y creer que en un sitio llamado «cielo» hay una serie de «santos» cuyo trabajo cotidiano es oír las peticiones de la gente de aquí abajo, teniendo nosotros la posibilidad de acudir a otro santo más generoso si el primero al que hemos rezado no nos concede lo que le hemos pedido).
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Esta es la transcripción completa del documento:
El Secretario que hace de fiscal en la Inquisición de Granada contra Ana Suárez, vecina de Ubrique, casada con Cristóbal Díaz.
Proposiciones
D. Lucas de León Colodrero, familiar del Santo Oficio y Corregidor de dicha villa, dio parte de que cierto sujeto había llegado a él y dijo haber oído a una mujer varias proposiciones delatables etc.
Librose en su vista día 25 de noviembre de 1768 comisión al mismo familiar para que nombrase una persona eclesiástica que hiciese de comisario y recibiéndole juramento de secreto y fidelidad examinasen a dicho sujeto delator, etc.
Espadaña de la ermita de San Antonio, Ubrique.
En efecto ante el Presbítero D. Ventura Carrasco a 14 de diciembre de dicho año fue examinado Sebastián de Rubiales, de 67 años, santero de la ermita de San Antonio de Padua, y a la primera pregunta de oficio dijo presumía ser llamado por lo que manifestó días antes a dicho familiar, y es que haría de tres a cuatro años, hallándose el declarante en su casa sentado junto a la lumbre, y siendo entre nueve y diez de la mañana, entró esta reo, la [sic] preguntó el declarante de dónde venía y respondió: vengo de ver a una hermana mía que ha parido, pues a los pobres no da Dios sino pobreza e hijos, y luego dicen que la virgen parió sin gallo. Fol. 303
Juliana Borrego, de 50 años, mujer del testigo antecedente, respondiendo a la segunda pregunta de oficio, dijo de sola una cosa hacia memoria, y es que haría tres años hallándose la declarante en su casa con su marido. Fol. 4
En la ratificación a instancia fiscal se pregunto al delator qué motivos había tenido para haber calado tanto tiempo sin dar cuenta ni hacer su delación, y cuál tuvo después para hacerla. Dijo que lo calló porque no le gravaba su conciencia, pero entrando después en algún recelo porque le dijo un confesor que caía en pecado mortal si pasado el término de seis u ocho días no la delataba. Lo hizo así, manifestándolo al familiar. Dijo asimismo, siendo preguntado, que la reo era de lengua desenfrenada, lo que es público en dicha villa, y en una ocasión, yendo el declarante como ermitaño con la efigie de San Antonio, llegó a la casa de la reo y pidió limosna para el santo. A que respondió la reo que no quería dar limosna a aquel santo de mierda portugués enfurriñado porque no le otorgaba lo que le había pedido
La citada mujer respondió a dicha pregunta. Fol. 9